Es importante tener en cuenta que, en general, todas las personas que trabajan en Colombia, independientemente de su ingreso, están obligadas a pagar la seguridad social.
La seguridad social en Colombia está regulada por la Ley 100 de 1993, la cual establece que todas las personas que trabajan en Colombia, tanto formales como informales, están obligadas a pagar la seguridad social, esto incluye a las personas que ganan menos del salario mínimo quienes desde el año 2013 tienen la obligación de cotizar a seguridad social, así ganen menos de un salario mínimo en un mes o trabajen a tiempo parcial.
La mayoría de las personas que ganan menos del mínimo en un mes o trabajan por horas, se encuentran en la informalidad y a muchas de estas personas les queda imposible poder pagar aportes a la seguridad social lo que genera una desprotección en salud, pensión y riesgos laborales, sin embargo, no se debe observar la obligación de aportar como un impuesto o algo malo sino como una oportunidad de contar con un seguro ante un accidente, incapacidad, enfermedad o la misma muerte.
Con el Decreto 1174 de 2020 nació el Piso de Protección Social el cual es administrado por Colpensiones y tiene como misión lograr cautivar y afiliar a la mayoría de la población trabajadora que gana menos de un salario mínimo al mes; a cambio de esto ofrece la opción de tener acceso a un seguro que cubre eventualidades de salud, riesgos laborales y un dinero para la vejez. Es así como el Piso de Protección Social es un programa a través del cual se obliga a los empleadores y trabajadores independientes a pagar un 15% mensual de los ingresos obtenidos en el mes.
Por lo anterior debe tener cuidado porque los aportes a la seguridad social cuando una persona gana menos de un salario mínimo al mes se deben hacer a través del piso de protección social mediante un operador de planilla PILA, y no a través de empresas inescrupulosas que publican en los postes de la ciudad invitaciones de afiliación a bajo costo, se ha descubierto que no hacen las afiliaciones y se quedan con el dinero de los que pagan de esta manera dejándolos sin seguridad social y sin plata.
Si es empleador y quiere saber más sobre cómo pagarles a sus empleados que trabajan por días y que ganan menos de un salario mínimo al mes escríbanos para brindarle asesoría sobre cómo debe actuar conforme a la ley y evitar sanciones de parte de las entidades que vigilan los pagos a la seguridad social de los Colombianos.
Si es trabajador, debe tener en cuenta que es importante contar con un profesional capacitado y experimentado para garantizar la protección de los derechos del cliente y asegurar un proceso exitoso.
2 comentarios
ana cristina gonzalez · 12 enero, 2024 a las 11:11 pm
cunto debo pagar de pension y salud si devengo menos del salario minimo
Legal Partner · 17 marzo, 2024 a las 8:44 pm
Depende de la labor que desempeñe, si son labores del servicio doméstico y es empleada debe cotizar a través del Decreto 2616 de 2013; ahora bien, podría pagar como independiente por semanas laboradas de acuerdo a lo que devenga.