Cada vez que hay Mundial, Copa América o Champions League, en muchas empresas aparece la famosa “polla”: todos ponen dinero, alguien organiza, y el ganador se lleva el premio. Puede parecer una actividad inofensiva de integración laboral, incluso algo “normal” dentro del ambiente de trabajo. Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, este tipo de prácticas puede ser problemático e incluso ilegal dentro de las empresas en Colombia.
¿Son legales las pollas o apuestas en el trabajo?
La respuesta corta es no, al menos cuando implican recaudo de dinero dentro del lugar de trabajo. En Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo establece una prohibición expresa frente a este tipo de actividades, lo que implica que no se trata simplemente de una recomendación o una buena práctica, sino de una regla jurídica obligatoria tanto para empleadores como para trabajadores.
¿Qué dice exactamente la ley?
El artículo 59 del Código Sustantivo del Trabajo, que regula las prohibiciones a los empleadores, señala de manera expresa:
“Se prohíbe a los empleadores hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios de trabajo.”
Esto implica que la empresa no solo tiene prohibido organizar este tipo de actividades, sino también permitirlas. Es decir, incluso si la iniciativa surge de los trabajadores, el empleador podría verse comprometido si tolera su realización dentro del entorno laboral.
Por su parte, el artículo 60 del mismo Código, que establece las prohibiciones a los trabajadores, dispone lo siguiente:
“Se prohíbe a los trabajadores hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo.”
En consecuencia, la prohibición es doble: ni el empleador puede permitirlo, ni el trabajador puede promoverlo. Esto refuerza la idea de que las llamadas “pollas mundialistas” con dinero no tienen cabida dentro del lugar de trabajo.
¿Por qué existe esta prohibición?
Aunque a simple vista puede parecer una norma excesiva, lo cierto es que tiene una finalidad clara dentro del derecho laboral. Este tipo de actividades puede generar presiones indebidas entre compañeros, afectar el ambiente de trabajo o incluso dar lugar a conflictos cuando la participación deja de ser completamente voluntaria.
Adicionalmente, el legislador busca evitar que el lugar de trabajo se utilice para actividades ajenas a la relación laboral, especialmente cuando involucran dinero, ya que esto puede derivar en situaciones incómodas, desigualdades o afectaciones a la disciplina laboral.
Entonces, ¿las empresas no pueden hacer nada relacionado con el Mundial?
Sí pueden, pero con límites claros. El hecho de que no se puedan realizar colectas o apuestas en dinero no significa que las empresas no puedan promover espacios de integración relacionados con eventos deportivos.
En la práctica, muchas organizaciones desarrollan dinámicas internas como concursos de resultados, quinielas simbólicas o actividades recreativas en torno a los partidos, siempre que no exista recaudo de dinero entre los trabajadores. La diferencia clave está en que el incentivo no proviene de una bolsa común entre empleados, sino que es asumido por la empresa como parte de sus programas de bienestar.
De esta manera, es perfectamente válido que el empleador entregue premios como días libres, bonos, almuerzos o reconocimientos, siempre que la actividad se mantenga dentro de un enfoque recreativo y no económico entre los trabajadores.
Conclusión jurídica
En Colombia, las “pollas”, rifas o apuestas que impliquen dinero dentro del lugar de trabajo están prohibidas por el Código Sustantivo del Trabajo, tanto para empleadores como para trabajadores. No se trata de una zona gris, sino de una restricción expresa en la ley.
No obstante, esto no impide que las empresas generen espacios de integración alrededor de eventos deportivos, siempre que se estructuren adecuadamente y sin recaudo de dinero entre los trabajadores. La clave está en trasladar estas actividades al ámbito del bienestar laboral, evitando cualquier práctica que pueda ser interpretada como colecta o apuesta.