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Por fin se pueden pagar periodos sin cotización para sumar semanas a la historia laboral

Por fin se pueden pagar periodos sin cotización para sumar semanas a la historia laboral

SI TIENES PERIODOS VACÍOS EN TU HISTORIA LABORAL Y LOS QUIERES PAGAR ESTA INFORMACIÓN TE INTERESA

Mediante el Decreto 1296 de 2022 se modifica la fórmula para efectuar el cálculo de la reserva o cálculo actuarial, que deberán pagar los empleadores y trabajadores independientes que incurran en omisión en la vinculación o afiliación al Sistema General de Pensiones.


A partir del 1 de junio de 2023, los valores que por concepto de cálculo actuarial establezcan las administradoras de pensiones, o los que la UGPP fije de un proceso de determinación de obligaciones parafiscales por concepto de omisión en la afiliación o vinculación se deberán realizar únicamente a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes-PILA.


Lo anterior se traduce en que usted podrá saber de forma rápida cuánto vale pagar las semanas no cotizadas por causa de no haber afiliado a una persona en pensiones o no haberse afiliado si era independiente, y si está de acuerdo con la suma que le indica la web www.soyactuario.com.co puede hacer el pago de forma sencilla y sin tantas demoras e intermediarios.


Esto es una gran ventaja para las personas que les falta pocas semanas para lograr su pensión y no han podido acceder a su derecho porque algún empleador no les pagó o sencillamente no cotizaron como independientes estando obligados en su momento, asimismo teniendo en cuenta que se avecina una reforma pensional que exige un número mínimo de semanas para conservar la forma en que se reconoce y liquida la pensión de la Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 de 2003, esta herramienta es un gran salvavidas para que muchas personas puedan completar las semanas que no le aparecen en su historia laboral y se eviten tortuosas demandas y trámites costosos y demorados.


APLICA PARA LAS SIGUIENTES PERSONAS:


 Ser un empleador que nunca afilió a sus trabajadores a la seguridad social en pensiones y querer pagar esos aportes adeudados.
 Si es independiente y nunca se afilió ni pagó los aportes a la seguridad social en pensiones después de enero del año 2003.
 Tener reportada deuda por omisión en la afiliación con alguna de las administradoras de pensiones en Colombia.
 Tener pagos pendientes por realizar por concepto de parafiscales requeridos por la UGPP.


PASOS PARA HACER LOS PAGOS:


• El aportante debe registrarse y realizar la liquidación en www.soyactuario.com.co y el sistema le debe entregar un número de referencia.
• Se debe realizar el pago a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA con la PLANILLA Z.
• El operador de información de la PILA le va a solicitar el número de referencia y validará con www.soyactuario.com.co la existencia de esa referencia para el aportante y que esta referencia esté vigente.
• Una vez el operador valide la anterior información autorizará el pago de la PLANILLA Z.


OJO: Esto genera el pago a través de un cálculo actuarial y no aplica para moras las cuales se pagan a través de otro tipo de planilla (Planilla M)