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Cómo reaccionar ante cobros y saldos pendientes de hace más de 20 años con los fondos de pensiones
Qué hacer ante obros y saldos pendientes de hace más de 20 años con los fondos de pensiones.
Actualmente, en Colombia los fondos de pensiones privados y Colpensiones están enviando masivamente cobros por aportes pensionales de hace más de 20 años pagados de forma incompleta o no pagados, generando presuntas deudas de los cotizantes en pensiones, sea en calidad de independientes o empleadores.
Las personas requeridas al recibir estas comunicaciones quedan estupefactas, pues es imposible que estén recibiendo cobros de aportes a pensión que superan hasta los 30 años y en la mayoría de los casos estas personas no cuentan con la información o las planillas de pago de los aportes que en su momento fueron en papel antes de que se creara la planilla integrada de liquidación de aportes PILA mediante la Resolución 1303 de 2005.
Es importante resaltar que los aportes a la seguridad social jamás prescriben, es decir, siempre podrán ser reclamados y en cualquier momento, además las entidades de seguridad social están autorizadas para realizar estos cobros, por lo que sí es posible recibir este tipo de cobros y tener que pagarlos sin importar la fecha original del pago, adicionalmente al cobro se causan intereses moratorios por cada mes de retardo llegando a deudas impagables para los requeridos.
Ahora bien, la deuda se puede generar por no pago de aportes pensionales de afiliados a Colpensiones, errores en la información declarada, u omisión u olvido en el reporte de novedad de retiro al terminar una relación laboral o contractual, lo anterior de acuerdo con lo reglado en el Decreto 1406 de 1999.
Si efectivamente existe la deuda por no pago de aportes, conocida como deuda real, es necesario hacerlo de forma rápida para evitar más intereses de mora, por el contrario, si se trata de un error en la información declarada u olvido en el reporte de novedad de retiro, conocida como deuda presunta, existe la oportunidad de corregir y evitar pagar altas sumas de dinero y salvarse de un proceso de cobro coactivo, sanciones, multas e incluso embargos de bienes y cuentas bancarias.
La recomendación principal que damos a las personas es que reúnan y tengan lista la información de pagos a la seguridad social para que en caso de ser requerido puedan dar contestación a tiempo del requerimiento de cobro, asimismo verificar ante las entidades de seguridad social como Colpensiones o los fondos privados el estado de cuenta a efecto de determinar si existen deudas con estas entidades con el fin de atenderlas antes de ser requerido.
A continuación, se presenta una lista de tres acciones que puede realizar si su empresa ha recibido cobros y saldos pendientes con Colpensiones:
- Es importante revisar los registros de aportes parafiscales y pensiones de la empresa para determinar si se cumplieron las obligaciones legales y si existen incumplimientos que puedan haber generado los cobros y saldos pendientes.
- Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en seguridad social para entender las leyes y normas aplicables y los procesos para resolver estas situaciones.
- Si se considera que los cobros y saldos pendientes son indebidos o que ya se cumplieron las obligaciones legales, se puede presentar una solicitud de revisión y/o recurso de reposición ante Colpensiones.
Si está pasando por esta situación, permítanos asesorarlo, en Legal Partner somos especialistas respaldando a los empleadores ante casos tan importantes como este.